Abogados de despidos en Valencia
«Despidos improcedentes, disciplinarios, objetivos y nulos»
«Revisión de carta, finiquito e indemnización»
«Conciliación ante el SMAC y defensa judicial»
¿Le han despedido y no sabe si la empresa ha actuado correctamente?
Cuando se recibe una carta de despido es importante verificar la causa, si el procedimiento de la empresa es correcto y si la indemnización está bien calculada o si conviene firmar el finiquito.
También conviene analizar si el despido llega después de una baja médica, una reclamación salarial, una solicitud de conciliación familiar o una situación de conflicto con la empresa.
En estos casos conviene actuar con rapidez. Ya que los tiempos de reclamación para impugnar un despido son de 20 días hábiles desde su fecha de efectos.
En Signum Asociados estudiamos cómo se produjo el despido, qué causa ha invocado la empresa y qué documentación existe. Le explicamos las posibles consecuencias, revisamos las cantidades pendientes y preparamos la conciliación o la demanda judicial cuando resulte necesario.
Área de derecho laboral dirigida por Manuel Jordán
Manuel Jordán es abogado especializado en Derecho Laboral y director del Departamento Laboral de Signum Asociados. Cuenta con más de 25 años de experiencia vinculados al ámbito laboral y a la seguridad privada con funciones directivas y en la gestión práctica de relaciones laborales.
En casos de despido, puede analizar con doble perspectiva: la documentación y las causas que utiliza la empresa para justificar la decisión, y los derechos que el trabajador puede defender cuando esas causas no existen, no pueden acreditarse o no se ha seguido correctamente el procedimiento.
En su asesoría ofrece una valoración realista, para preparar correctamente la negociación ante el SMAC y defender al trabajador ante el Juzgado de lo Social cuando no se alcanza una solución adecuada.
¿Cómo podemos ayudarle tras un despido?
Revisamos la carta de despido y la causa alegada
Analizamos despidos disciplinarios, objetivos, improcedentes y nulos
Comprobamos el cálculo de la indemnización y del finiquito
Reclamamos salarios, vacaciones y cantidades pendientes
Preparamos la papeleta de conciliación ante el SMAC
Valoramos errores formales o falta de pruebas de la empresa
Negociamos posibles acuerdos con la empresa
Presentamos la demanda y le defendemos ante el Juzgado de lo Social
¿Le preocupa firmar, perder el plazo o aceptar menos de lo que le corresponde?
Después de un despido, muchos trabajadores sienten presión para firmar la carta, el finiquito o un acuerdo de salida. Así mismo, pueden temer que reclamar les impida cobrar el paro, que la empresa utilice una acusación disciplinaria en su contra o que no disponga de pruebas suficientes para defender sus derechos.
Sin embargo, una firma precipitada, una fecha incorrecta o una baja voluntaria presentada bajo presión pueden complicar la defensa posterior. Por eso estos casos deben analizarse debidamente antes de firmar cualquier acuerdo.
También puede ocurrir que la indemnización esté mal calculada y no incluya toda la antigüedad, vacaciones o salarios pendientes.
Es recomendable siempre que antes de aceptar el cierre de una relación laboral, se estudien todos estos factores y se evalúe que todo está correcto. En caso que no sea así, se debe iniciar una conciliación o reclamación judicial.
Preguntas frecuentes sobre despidos en Valencia
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido?
Con carácter general, el plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha en que produce efectos. No se cuentan sábados, domingos ni festivos, pero es importante revisar cada caso para determinar correctamente el inicio y vencimiento del plazo.
¿Debo firmar la carta de despido y el finiquito?
La empresa puede comunicar el despido aunque el trabajador se niegue a firmar. Firmar la recepción de la carta no significa necesariamente aceptar su contenido, pero conviene dejar constancia de la fecha y añadir “no conforme” cuando existan dudas.
En el caso de finiquito debe revisarse con especial cuidado si incluye expresiones de conformidad, renuncia o saldo total. Antes de firmar, es recomendable comprobar salarios, vacaciones, pagas extraordinarias, indemnización y demás cantidades pendientes.
¿Qué diferencia existe entre despido procedente, improcedente y nulo?
Un despido es procedente cuando la empresa acredita la causa y cumple los requisitos exigidos de acuerdo al procedimiento.
Puede declararse improcedente o injustificado cuando la causa no queda probada o existen incumplimientos relevantes en la forma de realizarlo. En ese caso, generalmente la empresa debe realizar una readmisión o pagar la indemnización, salvo supuestos específicos.
El despido es nulo cuando vulnera derechos fundamentales, responde a una causa discriminatoria o afecta a determinadas situaciones especialmente protegidas.
¿Qué indemnización puede corresponderme por despido?
La indemnización depende del tipo de despido, la antigüedad, el salario regulador y la fecha en que comenzó la relación laboral. En general se deben evaluar:
- Salarios.
- Vacaciones.
- Pagas o incentivos.
- Carta y finiquito.
- Indemnización y derechos económicos.
Un despido disciplinario procedente no genera indemnización por la extinción, aunque sí debe abonarse el finiquito. El despido objetivo procedente tiene su propia indemnización legal. Cuando el despido se declara improcedente, se aplica el cálculo correspondiente según la antigüedad y los periodos trabajados.
¿Pueden despedirme mientras estoy de baja médica?
Estar de baja médica no impide automáticamente que la empresa pueda despedir. Sin embargo, el despido no puede basarse en una causa discriminatoria ni vulnerar derechos fundamentales.
Debe revisarse cuál es la causa alegada, si la empresa dispone de pruebas y si existen indicios de que la decisión está relacionada con la enfermedad, la discapacidad, la duración de la baja o el ejercicio de otros derechos.
La calificación dependerá de las circunstancias concretas. No todo despido durante una baja es nulo, pero tampoco debe asumirse que es válido sin analizarlo.
¿Qué ocurre si la empresa me despide verbalmente o no me entrega una carta?
El despido verbal puede reclamarse, pero puede ser más difícil acreditar cuándo y cómo se produjo.
Conviene dejar constancia inmediata de lo sucedido mediante mensajes, correo electrónico, requerimiento escrito o cualquier medio que permita demostrar que la empresa impidió continuar trabajando. También pueden ser relevantes testigos, baja en la Seguridad Social o comunicaciones internas.
No debe dejarse pasar el tiempo esperando una carta si la empresa ya ha comunicado que no permite continuar en el puesto.
¿Puedo solicitar el paro mientras reclamo el despido?
En general, impugnar el despido no impide solicitar la prestación por desempleo cuando se cumplen los requisitos.
El trabajador no tiene que esperar a que finalice la conciliación o el juicio para iniciar los trámites ante el servicio de empleo. No obstante, debe respetar los plazos y aportar la documentación requerida.
Si posteriormente se produce una readmisión, pueden generarse ajustes entre la prestación percibida y los salarios reconocidos, que deberán regularizarse conforme a la resolución o al acuerdo alcanzado.
¿Cómo funciona la conciliación ante el SMAC?
Antes de presentar una demanda por despido suele ser necesario intentar una conciliación ante el SMAC. En la papeleta se identifican los hechos, la fecha del despido y la reclamación que se formula.
En el acto de conciliación puede alcanzarse un acuerdo sobre indemnización, reconocimiento de improcedencia, cantidades pendientes u otras condiciones. Si no hay acuerdo, se puede continuar ante el Juzgado de lo Social.
La conciliación no debe plantearse únicamente como un trámite. Es importante llegar con la carta revisada, los cálculos preparados y una estrategia clara sobre qué resultado puede aceptarse.
Testimonios de clientes en asuntos laborales
Manuel ha llevado varias asuntos legales y estoy encantado con ellos. Recomendables al 100%
Totalmente recomendable, me he encontrado bien con el abogado laboralista Manuel Jordán. Profesional y cercano. Siempre ha respondido con amabilidad a todas mis preguntas y al final me ha ido mejor de lo que esperaba.
Aprovecho este apartado de Opiniones, para agradecerles por su ayuda y buena gestión laboral, me ha demostrado confianza a pesar de que el trato solo ha sido telefónico.
¿Dónde está nuestro despacho en Valencia?
Estamos ubicados en C/ de Pizarro, 1, puerta 25 (esquina C/ Colón) 46004, Valencia. Puede acceder desde el metro o autobús. Además zonas de parkings cercanas.
¿Necesita revisar o reclamar un despido en Valencia?
En Signum Asociados revisamos la carta, las causas alegadas, la indemnización, el finiquito y las circunstancias que rodearon el cese para explicarle qué opciones legales existen.




