Guía para reclamar salarios u horas extras en España
Si su empresa le debe parte del salario, no le ha pagado horas extraordinarias o existen diferencias entre la jornada realizada y la reflejada en nómina, puede reclamar las cantidades pendientes.
El Estatuto de los Trabajadores regula tanto el pago puntual del salario como las horas extraordinarias. Además, las reclamaciones económicas están sujetas a plazos, por lo que conviene revisar desde cuándo se adeuda cada cantidad y qué documentación puede acreditar la jornada o el salario pendiente.
Si necesita analizar una nómina, horas extraordinarias o cantidades impagadas, puede ampliar información en nuestro servicio de reclamación de salarios
¿Qué son las horas extraordinarias?
El artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores considera horas extraordinarias las realizadas por encima de la duración máxima de la jornada ordinaria aplicable.
No deben confundirse con las horas complementarias, que tienen una regulación específica para determinadas personas contratadas a tiempo parcial.
Con carácter general, el número de horas extraordinarias no puede superar 80 al año, aunque existen excepciones y reglas específicas. No computan dentro de ese límite las horas realizadas para prevenir o reparar determinados siniestros y daños urgentes, ni las horas extraordinarias compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes.
¿Cómo deben pagarse o compensarse las horas extra?
La forma de compensarlas debe revisarse primero en el convenio colectivo aplicable y, en su defecto, en el contrato.
Pueden abonarse económicamente, sin que el valor de la hora extraordinaria pueda ser inferior al de la hora ordinaria o compensarse mediante descanso retribuido equivalente.
Si no existe pacto sobre esta cuestión, el Estatuto de los Trabajadores establece que deben compensarse con descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.
¿La empresa debe registrar la jornada?
Sí. El artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores obliga a la empresa a garantizar un registro diario de jornada que incluya la hora concreta de inicio y finalización, y esos registros deben conservarse durante cuatro años y permanecer a disposición de las personas trabajadoras, sus representantes y la Inspección de Trabajo.
Además, a efectos del cómputo de horas extraordinarias, el artículo 35.5 establece que la jornada debe registrarse día a día y totalizarse en el periodo previsto para el abono de las retribuciones, entregando al trabajador el correspondiente resumen.
¿Qué ocurre si la empresa no aporta el registro de jornada?
La ausencia o deficiencia del registro puede tener consecuencias probatorias importantes, especialmente porque la empresa tiene una obligación legal de registrar la jornada.
Sin embargo, no conviene presentar la reclamación confiando únicamente en que la falta de registro hará que el juzgado dé automáticamente por ciertas todas las horas reclamadas.
El trabajador debería conservar y aportar cuantos indicios pueda sobre la jornada realmente realizada: correos, mensajes, cuadrantes, fichajes, partes de trabajo, accesos, rutas, testigos u otras evidencias.
La obligación empresarial de disponer del registro deriva actualmente del artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Cómo reclamar salarios u horas extras no pagadas?
- Revisar la deuda y reclamar a la empresa
Antes de iniciar actuaciones conviene calcular qué conceptos se adeudan, a qué meses corresponden y qué documentación permite acreditarlos.
Puede realizarse una reclamación escrita previa a la empresa. Dependiendo del caso, una comunicación fehaciente puede servir además para dejar constancia de la reclamación efectuada.
- Presentar la papeleta de conciliación
En las reclamaciones salariales, con carácter general, deberá intentarse previamente la conciliación laboral antes de presentar la demanda judicial. En Valencia este trámite se realiza ante el SMAC. El artículo 63 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social establece este intento previo, salvo los procedimientos expresamente exceptuados.
La presentación de la solicitud interrumpe la prescripción. El plazo vuelve a computarse en los términos previstos por el artículo 65: desde el día siguiente al intento de conciliación o, si esta no se celebra, cuando hayan transcurrido quince días hábiles desde la presentación.
- Presentar demanda ante el Juzgado de lo Social
Si no existe acuerdo, podrá presentarse una demanda de reclamación de cantidad ante el Juzgado de lo Social.
Cuando se trate de salarios debidos, el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores contempla un interés por mora del 10 % de lo adeudado, cuya aplicación deberá valorarse en la reclamación concreta.
¿Cuánto tiempo hay para reclamar salarios u horas extras?
Las reclamaciones de cantidades salariales están sujetas, con carácter general, a un plazo de un año desde el momento en que cada cantidad pudo reclamarse.
Esta regla se encuentra en el artículo 59.2 del Estatuto de los Trabajadores, aplicable a las acciones para exigir percepciones económicas.
Por ello, no debe calcularse siempre un único plazo desde el final del contrato. Cada mensualidad o cantidad pendiente puede tener su propio momento de vencimiento.
Si existen varios meses impagados, conviene revisar las fechas una por una para evitar que alguna parte de la deuda quede fuera de plazo.
¿Necesita hablar con nuestro equipo?
Si necesita orientación jurídica o asesoramiento profesional, puede contactar con Signum Asociados y le ayudaremos a identificar la mejor vía para atender su caso con claridad, cercanía y rigor profesional.
¿Qué acciones legales puedo tomar si no pagan las horas extras?
Existen dos vías principales:
1. Reclamación de cantidad
Es la vía habitual cuando buscas cobrar lo que te deben. Comienza con la papeleta de conciliación en el SMAC de Valencia y, si no hay acuerdo, continúa con la demanda ante el Juzgado de lo Social.
Este procedimiento es rápido y no requiere abogado ni procurador, aunque es altamente recomendable contar con un abogado laboralista especializado que prepare bien la documentación y las pruebas.
Si necesita revisar la cantidad que puede reclamarse y la documentación necesaria, puede consultar con nuestro abogado laboralista en Valencia
2. Denuncia ante la Inspección de Trabajo
También puede ponerse en conocimiento de la Inspección de Trabajo un incumplimiento relacionado con jornada, horas extraordinarias, cantidades fuera de nómina u otras irregularidades.
Es importante distinguir entre denuncia formal y Buzón de la Inspección:
- la denuncia formal requiere identificación del denunciante y obliga a la ITSS a tramitarla;
- el Buzón permite comunicar información sin identificarse, pero esa comunicación no tiene la consideración de denuncia formal y la Inspección decide si inicia actuaciones.
Además, acudir a la Inspección no sustituye necesariamente una reclamación judicial si lo que se pretende es cobrar una cantidad concreta.
Si el problema no es un impago sino un cambio impuesto en jornada, horario, funciones u otras condiciones esenciales, puede consultar nuestra página sobre modificación de condiciones de trabajo.
¿Le deben salarios, complementos u horas extraordinarias?
Antes de presentar una reclamación conviene calcular las cantidades, comprobar qué periodos continúan dentro de plazo y reunir las pruebas disponibles. Puede solicitar una valoración inicial del caso con nuestro equipo.
Preguntas frecuentes sobre reclamar salarios o horas extras
¿Dónde puedo reclamar mis horas extras?
Primero, en el SMAC de Valencia. Si no hay acuerdo, en el Juzgado de lo Social correspondiente.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar el pago de horas extras?
Un año desde que debieron pagártelas (art. 59 del E.T.).
¿Cómo puedo denunciar a una empresa por no pagar horas extras en España?
Puede presentar una denuncia formal identificándose ante la Inspección de Trabajo o comunicar información a través del Buzón de la ITSS sin identificarse. Son mecanismos diferentes, la comunicación mediante el buzón no equivale a una denuncia formal.
Si lo que pretende es cobrar las horas impagadas, también deberá valorar la correspondiente reclamación de cantidad.
¿Cómo se pagan o compensan las horas extra?
Con dinero en nómina (nunca inferior a la hora ordinaria) o con tiempo de descanso equivalente en los cuatro meses siguientes.
¿Es legal que no te paguen las horas extras?
Las horas extraordinarias deben compensarse conforme al convenio colectivo o contrato aplicable, ya sea mediante retribución o descanso. Si no existe pacto, se entienden compensadas con descanso dentro de los cuatro meses siguientes.
Lo que no corresponde es realizar horas extraordinarias y que la empresa ni las abone ni las compense cuando exista obligación de hacerlo.
¿Qué hacer si tu empleador te obliga a realizar horas extras sin pagarlas?
Guarda todas las pruebas posibles (mensajes, registros, emails) y contacta con un abogado laboralista para iniciar la reclamación.
Una reclamación de salarios u horas extraordinarias depende principalmente de tres cuestiones: qué se adeuda, qué pruebas existen y qué cantidades continúan dentro de plazo.
Antes de presentar una papeleta de conciliación o demanda conviene revisar conjuntamente nóminas, convenio colectivo, registro de jornada y comunicaciones con la empresa para determinar qué conceptos pueden reclamarse.
Las empresas que necesiten revisar registro de jornada, nóminas, horas extraordinarias y cumplimiento laboral pueden consultar nuestra asesoría laboral para empresas.
Asesoramiento en reclamaciones salariales en Valencia
Los conflictos sobre salarios y jornada requieren revisar cantidades, documentación y plazos antes de iniciar actuaciones. Puede conocer al equipo de abogados en Valencia que trabaja las distintas áreas jurídicas de Signum.
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Última revisión jurídica29 de septiembre de 2026
Revisado porManuel Jordán, abogado laboralista en Valencia
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