Abogados para solicitar la nacionalidad española por residencia en Valencia
«Revisamos el tiempo de residencia legal, las ausencias y los antecedentes»
«Preparamos la documentación y presentamos su solicitud de nacionalidad»
«Atendemos requerimientos y le orientamos después de la concesión»
Abogado especialista en tramitar la nacionalidad española por residencia
La nacionalidad española por residencia es un procedimiento administrativo que permite adquirir la ciudadanía española después de haber residido legalmente en España durante el periodo exigido en cada caso. Aunque pueda parecer un procedimiento sencillo, las ausencias prolongadas, los antecedentes, los documentos caducados o las diferencias entre certificados pueden generar requerimientos, retrasar la tramitación o provocar la denegación de la solicitud.
En nuestro bufete Signum Asociados estudiamos cada caso antes de presentar el expediente. Nuestro abogado de extranjería en Valencia evalúa el tiempo de residencia en España, la documentación existente, los antecedentes y sus circunstancias personales, para determinar si cumple los requisitos y cuál es la forma adecuada de tramitar su nacionalidad.
El asesoramiento comprende la preparación y presentación electrónica de la solicitud, el seguimiento del expediente, la respuesta a requerimientos y la orientación posterior para realizar la jura o promesa y completar la inscripción en el Registro Civil.
Área de extranjería dirigida por Vicente Parra
Vicente Parra es abogado egresado de la Universitat de València y colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia desde 2012. Especializado en asuntos de Extranjería, dirige el área de inmigración en Signum Asociados.
Presta asesoramiento en expedientes de residencia, nacionalidad, arraigo, estudios, recursos, reagrupación familiar, denegaciones y defensa de sus derechos en procesos de extranjería, siempre con un enfoque estratégico y personalizado en cada asunto.
En casos de solicitud de nacionalidad por residencia, verifica el periodo de estancia en España, las ausencias fuera del país, los antecedentes, la vigencia de los documentos que se presentarán y si existen circunstancias que permitan aplicar un plazo reducido.
¿Cómo podemos ayudarle a solicitar la nacionalidad española?
Estudiamos el tiempo de residencia legal y las posibles ausencias de España
Comprobamos los requisitos aplicables a su nacionalidad y situación personal
Revisamos pasaporte, tarjeta de residencia, certificados y antecedentes
Comprobamos legalizaciones, apostillas y traducciones juradas
Orientamos sobre los exámenes CCSE y DELE y sus posibles exenciones o dispensas
Preparamos y presentamos la solicitud electrónica y le representamos ante el Ministerio de Justicia
Realizamos seguimiento del expediente y respuesta a requerimientos de documentación
Brindamos asistencia después de la concesión para la jura o promesa y la inscripción en el Registro Civil
¿Necesita ayuda para solicitar la nacionalidad española por residencia?
Presentar la solicitud sin una evaluación previa puede provocar retrasos o una resolución desfavorable. Las salidas prolongadas de España, los documentos caducados o el incumplimiento de los plazos pueden generar requerimientos e incluso la denegación de la solicitud.
Por eso, antes de iniciar el procedimiento conviene verificar todos los datos relacionados con residencia legal y continuada, antecedentes, pruebas de integración y documentación que le corresponde aportar según la nacionalidad y sus circunstancias personales.
En Signum Asociados revisamos su caso, le entregamos una relación personalizada de documentos y preparamos el expediente para que la solicitud se presente con mayor seguridad jurídica.
Preguntas frecuentes sobre nacionalidad española por residencia
Solicitud de nacionalidad española por residencia
¿Quién puede solicitar la nacionalidad española por residencia?
Puede solicitarla toda persona extranjera que haya residido en España de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud durante el periodo exigido por el artículo 22 del Código Civil.
No basta con estar empadronado o haber permanecido físicamente en España. El tiempo computable debe corresponder a una residencia legal.
Además del periodo de residencia, el solicitante debe acreditar buena conducta cívica y un grado suficiente de integración en la sociedad española.
Plazos para obtener la nacionalidad española
¿Cuántos años de residencia se necesitan para solicitar la nacionalidad española?
El periodo exigido depende de las circunstancias del solicitante:
- Diez años: es el plazo general para quienes no se encuentren en un supuesto de reducción.
- Cinco años: para quienes hayan obtenido la condición de refugiado.
- Dos años: para nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, así como para personas de origen sefardí.
- Un año: en determinados supuestos expresamente previstos en el Código Civil.
El plazo de un año puede aplicarse, entre otros, a:
- Personas nacidas en territorio español.
- Personas que no ejercieron oportunamente el derecho a optar por la nacionalidad española.
- Personas que hayan estado legalmente bajo tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución española durante el periodo legalmente exigido.
- Personas que lleven al menos un año casadas con un ciudadano español y no estén separadas legalmente ni de hecho.
- Viudos o viudas de ciudadanos españoles, siempre que en el momento del fallecimiento no existiera separación legal o de hecho.
- Personas nacidas fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.
Cada supuesto requiere una documentación determinada. Antes de aplicar un plazo reducido debe comprobarse que se cumplen todas las condiciones legales.
Nacionalidad española para ciudadanos iberoamericanos
¿Cuándo puedo solicitar la nacionalidad española si soy colombiano?
Los nacionales de origen colombiano pueden acogerse al plazo de dos años previsto para los ciudadanos de países iberoamericanos.
Los dos años deben corresponder a una residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. El empadronamiento o el tiempo permanecido en España sin autorización de residencia no sustituyen este requisito.
La reducción también puede aplicarse a nacionales de origen argentino, venezolano, ecuatoriano, peruano, brasileño y de otros países iberoamericanos incluidos en el artículo 22 del Código Civil.
Requisitos de la nacionalidad española por residencia
¿Qué requisitos debo cumplir para solicitarla?
Los principales requisitos son:
- Haber cumplido el periodo de residencia legal correspondiente.
- Que la residencia haya sido continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
- Acreditar buena conducta cívica.
- Demostrar un grado suficiente de integración en la sociedad española.
- Superar las pruebas del Instituto Cervantes cuando sean obligatorias.
- Presentar la documentación exigida correctamente legalizada o apostillada y traducida cuando corresponda.
- Abonar la tasa administrativa asociada a la solicitud.
Documentos para solicitar la nacionalidad española por residencia
¿Qué documentación necesito para presentar la solicitud?
La documentación depende de la edad, la nacionalidad y la situación personal del solicitante. En general, son:
- Formulario normalizado de solicitud.
- Pasaporte completo y vigente.
- Tarjeta de Identidad de Extranjero, certificado de registro de ciudadano de la Unión o documento de residencia correspondiente.
- Acta de nacimiento.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen cuando exista obligación de aportarlo.
- Certificado de empadronamiento cuando sea necesario o no se autorice su consulta.
- Justificante de haber superado las pruebas CCSE y DELE cuando proceda.
- Justificante del pago de la tasa mediante el modelo 790, código 026.
- Poder o documento de representación cuando la solicitud se presente mediante abogado.
- Documentos que acrediten el plazo reducido alegado.
Los documentos extranjeros pueden requerir apostilla o legalización y, si no están redactados en castellano, traducción jurada.
Empadronamiento y residencia legal
¿El empadronamiento cuenta como residencia legal para solicitar la nacionalidad?
No. El empadronamiento acredita el domicilio o la permanencia en un municipio, pero no sustituye una autorización de residencia.
Para la nacionalidad española por residencia se exige que el periodo correspondiente haya transcurrido de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
Ausencias de España
¿Puedo solicitar la nacionalidad si he salido varias veces de España?
Depende de la duración, frecuencia, motivo y momento de las ausencias.
No todas las salidas afectan de la misma manera, pero una ausencia prolongada o varias salidas frecuentes pueden generar dudas sobre la continuidad de la residencia.
Antes de presentar la solicitud conviene revisar los pasaportes, movimientos migratorios y viajes realizados durante todo el periodo de residencia exigido.
Antecedentes penales y policiales
¿Puedo solicitar la nacionalidad si tengo antecedentes?
La existencia de antecedentes debe analizarse antes de presentar la solicitud.
Es necesario comprobar:
- La naturaleza de los hechos.
- La fecha de la condena o anotación.
- El cumplimiento de la pena.
- Si los antecedentes pueden cancelarse.
- La existencia de antecedentes policiales.
- Su posible incidencia en la valoración de la buena conducta cívica.
No conviene presentar el expediente sin conocer el estado real de los antecedentes y la documentación que puede ser necesaria para acreditar su cancelación o explicar las circunstancias del caso.
Exámenes CCSE y DELE para la nacionalidad española
¿Qué pruebas tengo que realizar?
La prueba CCSE acredita conocimientos constitucionales, sociales y culturales de España. La inscripción cuesta actualmente 85 euros y el certificado de aptitud tiene una vigencia de cuatro años.
La prueba DELE acredita el conocimiento del idioma español. Para la nacionalidad por residencia se exige, cuando corresponda, un nivel A2 o superior.
Los nacionales de origen de países en los que el castellano sea lengua oficial están exentos de realizar el DELE, siempre que acrediten correctamente su nacionalidad. Esta exención no significa necesariamente que estén exentos de la prueba CCSE.
Exenciones y dispensas
¿Existen personas que no tengan que realizar los exámenes CCSE o DELE?
Los menores de edad y otras personas legalmente exentas no tienen que realizar determinadas pruebas.
También existen procedimientos de dispensa para algunos solicitantes, como personas que no sepan leer o escribir, presenten dificultades de aprendizaje o hayan obtenido determinadas titulaciones en España.
La exención o dispensa debe comprobarse y acreditarse antes de presentar el expediente. No debe asumirse que una circunstancia personal permite evitar los exámenes sin disponer de la documentación o resolución correspondiente.
Coste de la nacionalidad española por residencia
¿Cuánto cuesta solicitar la nacionalidad española por residencia?
La solicitud está sujeta al pago de la tasa administrativa mediante el modelo 790, código 026. El Ministerio de Justicia publica actualmente un importe de 104,05 euros, aunque esta cantidad puede ser revisada.
A la tasa administrativa pueden añadirse:
- Inscripción en la prueba CCSE.
- Precio del examen DELE cuando sea obligatorio.
- Obtención de certificados.
- Apostillas o legalizaciones.
- Traducciones juradas.
- Honorarios profesionales por el estudio, preparación, presentación y seguimiento del expediente.
Antes de facilitarle un presupuesto, revisamos su situación y determinamos qué actuaciones y documentos necesita.
Tramitación de la nacionalidad española
¿Cómo tramitamos su solicitud de nacionalidad?
El servicio puede desarrollarse en cinco fases:
- Estudio de la residencia y de la situación personal: Comprobamos desde qué fecha reside legalmente en España, cuál es el plazo aplicable y si existen ausencias, antecedentes u otras circunstancias que deban revisarse.
- Preparación de la documentación: Le entregamos una relación personalizada de documentos y revisamos su vigencia, legalización, apostilla, traducción y correspondencia con sus datos personales.
- Presentación electrónica de la solicitud: Preparamos el expediente y lo presentamos ante el Ministerio de Justicia, actuando como representantes cuando corresponda.
- Seguimiento del expediente: Controlamos su estado y le ayudamos a responder si el Ministerio solicita una subsanación o documentación adicional.
- Actuaciones posteriores a la concesión: Le orientamos sobre la jura o promesa, la inscripción en el Registro Civil y la posterior solicitud del DNI y pasaporte español.
Representación mediante abogado
¿Puede un abogado presentar la solicitud en mi nombre?
Sí. La solicitud puede presentarse mediante representante voluntario debidamente autorizado.
El abogado puede revisar la documentación, preparar y presentar electrónicamente el expediente, realizar su seguimiento y atender los requerimientos posteriores.
La Sede Electrónica del Ministerio de Justicia permite presentar la solicitud cuando se actúa como representante del interesado y se dispone del poder o mandato correspondiente.
Plazo de resolución
¿Cuánto tarda la nacionalidad española por residencia?
La normativa establece un plazo máximo de un año para resolver y notificar desde la entrada de la solicitud en el órgano competente. Sin embargo, la duración real puede variar según el expediente, las comprobaciones administrativas, la carga de trabajo y la existencia de requerimientos.
Presentar correctamente la documentación no permite garantizar una fecha concreta de resolución, pero ayuda a evitar retrasos ocasionados por documentos incompletos, errores o subsanaciones previsibles.
Si su expediente lleva más tiempo del esperado, podemos revisar su estado y estudiar las actuaciones que resulten procedentes.
Requerimientos del Ministerio de Justicia
¿Qué ocurre si me piden más documentos?
El requerimiento debe contestarse dentro del plazo indicado en la notificación.
Antes de responder debe comprobarse exactamente qué solicita el Ministerio, qué documento puede subsanar la incidencia y si la nueva documentación debe estar actualizada, apostillada, legalizada o traducida.
No contestar dentro del plazo o aportar un documento distinto del solicitado puede perjudicar la tramitación del expediente.
Denegación de la nacionalidad española
¿Qué circunstancias pueden complicar o provocar la denegación?
Entre los problemas que deben revisarse se encuentran:
- No haber cumplido el periodo de residencia legal necesario.
- Haber tenido ausencias que afecten a la continuidad de la residencia.
- Presentar certificados caducados o incompletos.
- Aportar documentos incorrectamente legalizados o traducidos.
- Mantener antecedentes penales o policiales que afecten a la buena conducta cívica.
- No acreditar adecuadamente la integración.
- No superar las pruebas obligatorias.
- No contestar correctamente un requerimiento.
- Presentar documentos con diferencias entre nombres, apellidos, fechas o datos de filiación.
- Alegar un plazo reducido sin acreditar el supuesto correspondiente.
Nuestro trabajo consiste en detectar estos riesgos antes de presentar la solicitud, explicar sus posibles consecuencias y preparar el expediente conforme a las circunstancias reales del solicitante.
Recursos contra la denegación
¿Qué puedo hacer si me deniegan la nacionalidad española?
La resolución debe estudiarse para identificar el motivo concreto de la denegación, comprobar los plazos de actuación y determinar qué documentación existe para cuestionarla.
Según las circunstancias, puede estudiarse la presentación de un recurso administrativo o el acceso a la vía contencioso-administrativa. La alternativa adecuada dependerá del contenido de la resolución y de la situación del expediente.
Doble nacionalidad
¿Tengo que renunciar a mi nacionalidad anterior?
Depende de la nacionalidad de origen y de los convenios o excepciones aplicables.
Los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal se encuentran entre los supuestos que reciben un tratamiento específico en materia de doble nacionalidad.
La situación debe comprobarse individualmente antes de realizar la jura o promesa.
Actuaciones después de la concesión
¿Qué debo hacer cuando me concedan la nacionalidad?
Después de recibir una resolución favorable debe realizarse la jura o promesa dentro del plazo legal y completarse la inscripción en el Registro Civil.
Posteriormente podrá solicitar el Documento Nacional de Identidad y el pasaporte español.
Una concesión favorable no termina automáticamente todos los trámites. Deben controlarse la notificación, el plazo para realizar la jura y la correcta inscripción de la adquisición de la nacionalidad.
Testimonios de nuestros clientes en asuntos de nacionalidad y extranjería
Estoy extremadamente contento por el excelente trabajo y el trato familiar que me han dado los abogados Signum son realmente un equipo muy profesional y en mi experiencia personal me tramitaron la residencia en tiempo record, los recomiendo mucho a cualquier persona que quiera gestionar un trámite a través de un abogado porque son de lo mejor.
Mi experiencia con el abogado Vicente Parra fue especial son muy profesionales y con los trámites de mi esposa fue todo favorable con su resolución aprobada muy resolutivo y todo muy rápido y el trato muy amable por parte de todo el equipo.
Los contacte para iniciar mi tramite de residencia y estoy más que agradecida por su profesionalidad, la paciencia de Vicente al revisar todos los documentos conmigo, su asesoramiento sobre el proceso más óptimo para encarar el trámite y la buena comunicación sobre el estado del procedimiento en todo momento. ¡Gracias por el buen trabajo!
¿Dónde está nuestro despacho en Valencia?
Estamos ubicados en C/ de Pizarro, 1, puerta 25 (esquina C/ Colón) 46004, Valencia. Puede llegar en metro o autobús. Además, existen varios aparcamientos cercanos.
¿Necesita ayuda para solicitar la nacionalidad española por residencia?
Si ha cumplido el tiempo de residencia o quiere comprobar cuándo puede presentar su solicitud, podemos revisar su caso antes de iniciar el procedimiento.




