estancia por estudios en Valencia

Abogado para estancia por estudios en Valencia

«Revisamos si el centro y los estudios cumplen los requisitos»

«Preparamos la documentación, los medios económicos y el seguro médico»

«Tramitamos solicitudes, prórrogas y requerimientos de Extranjería»

Abogado especialista en estancia por estudios en Valencia

El proceso para autorización de estancia por estudios permite a los ciudadanos extranjeros permanecer en España durante más de 90 días con el fin de realizar actividades de formación académica como estudios superiores o educación secundaria postobligatoria, admitidas por la normativa.

Sin embargo, es necesario evaluar qué programas cumplen con los requisitos para presentar la solicitud, cuáles son los plazos o cómo se deben acreditar correctamente los medios económicos y el seguro médico para la aprobación del expediente. 

En Signum Asociados, nuestro abogado experto en extranjería en Valencia estudia la situación, comprueba si puede presentar la solicitud desde España o debe tramitar un visado de estudiante desde su país de origen y revisa la documentación antes de iniciar el procedimiento.

El asesoramiento comprende la preparación y presentación de la solicitud, la revisión de documentos extranjeros, los requerimientos, la prórroga de la estancia por estudios y las alternativas disponibles cuando finaliza la formación.

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Abogado para estancia por estudios en Valencia

Área de extranjería dirigida por Vicente Parra

Vicente Parra Cabrera es abogado egresado de la Universitat de València y colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia desde 2012. Especializado en asuntos de Extranjería, dirige el área de inmigración de Signum Asociados.

Presta asesoramiento en autorizaciones de estancia por estudios, residencia y trabajo, nacionalidad, arraigo, reagrupación familiar, requerimientos, denegaciones y recursos.

En los expedientes de estudiantes revisa especialmente el tipo de estudios, el centro educativo, la situación migratoria del solicitante, los plazos, los medios económicos, el seguro y la documentación extranjera para determinar cómo debe plantearse la solicitud.

¿Cómo podemos ayudarle con su estancia por estudios?

Comprobamos si el centro y los estudios son válidos para solicitar la estancia

Revisamos si puede presentar la solicitud desde España o debe tramitar un visado de estudiante

Preparamos la documentación y comprobamos apostillas, legalizaciones y traducciones juradas

Revisamos los medios económicos, el seguro médico y la tasa de estancia por estudios

Preparamos y presentamos la solicitud de autorización de estancia por estudios

Preparamos y presentamos la solicitud y le representamos ante la autoridad competente

Tramitamos la prórroga de estancia por estudios y estudiamos sus opciones posteriores

Respondemos requerimientos y analizamos las posibilidades ante una denegación

¿Quiere estudiar en España y no sabe cómo gestionar su autorización de estancia por estudios?

Uno de los errores más frecuentes que hemos trabajado en nuestro despacho es el de estudiantes que se matriculan o pagan formaciones sin comprobar si el centro o programa elegido cumplen con los requisitos necesarios para aprobar la autorización de estancia por estudios. También existen inconvenientes cuando la persona se encuentra en España y desconoce si todavía está dentro del plazo para presentar el expediente para sus estudios. 

Por eso, cada caso debe evaluarse de forma personalizada. Los requisitos no son exactamente iguales para todos los programas. La posibilidad de solicitar desde España, trabajar durante la estancia, traer familiares o renovar posteriormente depende del tipo de estudios y de la situación migratoria de cada persona.

En Signum Asociados revisamos su situación antes de presentar la solicitud y le indicamos qué documentación necesita, qué plazos debe respetar y cómo preparar el expediente para evitar errores previsibles.

Preguntas frecuentes sobre la estancia por estudios en España

Estancia por estudios en España

¿Qué es una autorización de estancia por estudios?

Es una autorización que permite al extranjero extender la permanencia en España durante más de 90 días para recibir formación académica reconocida según la normativa.

Estas formaciones pueden comprender estudios superiores, educación secundaria postobligatoria y determinadas actividades, cada una con requisitos específicos.

La duración, la posibilidad de trabajar y las condiciones para presentar la solicitud desde España pueden variar según el programa elegido.

Estancia por estudios y residencia por estudios

¿Es lo mismo estancia por estudios que residencia por estudios?

No exactamente. Aunque muchas personas buscan este trámite como residencia por estudios en España o permiso de residencia por estudios, jurídicamente se trata de una autorización de estancia de larga duración por estudios.

La estancia tiene una finalidad principalmente académica o formativa y no debe confundirse con una autorización ordinaria de residencia.

Por eso, antes de iniciar el expediente conviene identificar correctamente qué autorización corresponde y qué consecuencias tendrá posteriormente.

Centros autorizados para estancia por estudios

¿Qué centros y estudios son válidos para solicitar la estancia por estudios?

No cualquier curso o academia permite obtener una autorización.

Entre los estudios que pueden encajar se encuentran, según la modalidad correspondiente:

  • grados, másteres y doctorados universitarios;
  • títulos propios impartidos por universidades;
  • enseñanzas artísticas superiores;
  • formación profesional de grado superior;
  • formación profesional de grado medio;
  • bachillerato y otras enseñanzas postobligatorias reconocidas;
  • determinadas enseñanzas de idiomas;
  • formación sanitaria especializada;
  • determinados programas para obtener una certificación técnica o habilitación profesional;
  • otras actividades formativas expresamente previstas por la normativa.

El centro debe estar autorizado o reconocido para la formación concreta y el programa debe cumplir las condiciones exigidas. Antes de pagar una matrícula conviene comprobar si el curso es válido para una estancia por estudios.

Requisitos de estancia por estudios

¿Cuáles son los principales requisitos para solicitar la estancia por estudios en España?

Los requisitos varían según el tipo de formación que se realiza y la situación migratoria del solicitante, pero generalmente son:

  • admisión en un centro o institución autorizada;
  • matrícula o inscripción cuando resulte exigible;
  • pasaporte o título de viaje válido;
  • medios económicos suficientes;
  • seguro de enfermedad adecuado;
  • antecedentes penales cuando corresponda;
  • pago de la tasa;
  • cumplimiento de los plazos;
  • situación migratoria adecuada cuando la solicitud se presente desde España.

También debe comprobarse si los estudios deben realizarse a tiempo completo y qué porcentaje de presencialidad exige la modalidad correspondiente.

Documentación para estancia por estudios

¿Qué documentos necesito para solicitar la estancia por estudios?

La documentación concreta depende del expediente, pero normalmente puede ser necesario aportar:

  • formulario oficial;
  • pasaporte vigente;
  • carta de admisión;
  • justificante de matrícula o inscripción;
  • documentación académica;
  • acreditación de medios económicos;
  • seguro médico;
  • antecedentes penales cuando sean exigibles;
  • certificado médico cuando corresponda;
  • justificante del pago de la tasa;
  • autorización de progenitores o tutores en los casos aplicables;
  • documentos de familiares acompañantes, cuando proceda.

Los documentos extranjeros pueden necesitar apostilla o legalización y, cuando no estén redactados en castellano o en la lengua cooficial correspondiente, traducción jurada.

Medios económicos para estancia por estudios

¿Cuánto dinero necesito acreditar para solicitar la estancia por estudios?

La normativa utiliza como referencia el IPREM vigente en el momento de presentar la solicitud.

Como regla general, debe acreditarse mensualmente:

  • el 100 % del IPREM para el estudiante;
  • el 75 % del IPREM para el primer familiar;
  • el 50 % del IPREM para cada familiar adicional.

Las cantidades destinadas específicamente al pago de los estudios no se computan como recursos para el sostenimiento.

Si el alojamiento se encuentra abonado anticipadamente durante toda la estancia, esta circunstancia también puede afectar a la cantidad que debe acreditarse.

Los medios económicos pueden justificarse mediante fondos propios, apoyo familiar, becas, ayudas u otros medios admitidos, dependiendo de las circunstancias del expediente.

Tasa de estancia por estudios

¿Qué tasa debo pagar para solicitar la estancia por estudios?

La solicitud está sujeta al pago de la tasa correspondiente al procedimiento de estancia por estudios.

Cuando el trámite se realiza mediante visado desde el extranjero también puede existir una tasa consular, cuyo importe puede variar según el país y las reglas aplicables.

El importe puede actualizarse, por lo que debe comprobarse la tasa vigente antes de presentar la solicitud.

Antes de presentar el expediente comprobamos qué tasa corresponde, qué modelo debe utilizarse y cómo debe acreditarse el pago.

Solicitar estancia por estudios desde España

¿Puedo solicitar la estancia por estudios si ya me encuentro en España?

Sí, pero depende del tipo de estudios y de la situación migratoria.

En estudios superiores, la persona extranjera mayor de edad que se encuentre regularmente en España puede presentar la solicitud desde territorio español siempre que cumpla los plazos correspondientes.

Con carácter general, debe presentarse con una antelación mínima de dos meses respecto de la expiración de su situación legal y también dos meses antes del comienzo de los estudios, salvo determinadas circunstancias excepcionales.

En educación secundaria postobligatoria, la solicitud desde España exige que la persona se encuentre en situación de residencia y disponga del periodo mínimo de vigencia exigido.

Por eso, no debe asumirse que cualquier persona que se encuentre como turista puede solicitar desde España cualquier tipo de estancia por estudios.

Visado de estudiante para España

¿Cómo se tramita el visado por estudios desde el país de origen?

Es posible iniciar la solicitud de un visado de estudiante desde fuera de España. El trámite se presenta ante la misión diplomática u oficina consular española correspondiente al lugar de residencia. Es importante realizar la solicitud con una antelación mínima de dos meses al comienzo de los estudios.

El consulado revisará, entre otros aspectos:

  • la admisión en el centro;
  • la documentación personal;
  • los medios económicos;
  • el seguro;
  • los antecedentes cuando procedan;
  • y la documentación extranjera debidamente legalizada o apostillada.

El plazo máximo oficial para resolver el visado es de un mes desde el día siguiente a la presentación, aunque un requerimiento o la necesidad de completar documentación puede afectar a la duración real del procedimiento.

Trabajar con estancia por estudios

¿Se puede estudiar y trabajar en España con una estancia por estudios?

Depende del tipo de autorización.

En el caso de estudios superiores es posible trabajar sin solicitar una autorización extra, siempre que el trabajo sea compatible con los estudios y no exceda las 30 horas semanales.

En determinados programas de formación profesional también quedan cubiertas las actividades formativas realizadas en la empresa.

Para otras actividades formativas puede ser necesario solicitar una autorización específica, por lo que antes de comenzar a trabajar conviene revisar qué permite exactamente la autorización concedida.

Duración y TIE por estudios

¿Cuánto dura la autorización de estancia por estudios y cuándo debo solicitar la TIE?

En los estudios superiores, la autorización puede concederse por la duración total de los estudios.

En educación secundaria postobligatoria, la duración se corresponde con la del programa, con el límite aplicable.

En algunos casos comprende 1 mes antes del inicio de clases y 15 días después de su finalización.

Cuando la autorización tenga una vigencia superior a seis meses, se solicitará una Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

Y para casos superiores a 1 año, se debe acreditar al inicio de cada curso que se continúa matriculado en los estudios que justificaron la concesión.

Prórroga de estancia por estudios

¿Cuándo puedo solicitar la prórroga de mi estancia por estudios?

Sí, se puede solicitar la prórroga de la estancia por estudios cuando se continúa en la formación y se mantienen los requisitos exigidos inicialmente.

El periodo previsto comprende:

  • los dos meses anteriores a la expiración de la autorización;
  • y los tres meses posteriores a su vencimiento.

Siempre es recomendable preparar la solicitud de la prórroga antes de que caduque la autorización, para evitar errores. Ya que es necesario acreditar otra vez la continuidad de los estudios, los medios económicos, el seguro y el pago de la tasa.

Familiares del estudiante

¿Puedo traer a mi familia si tengo una estancia por estudios?

En determinados supuestos de estudios superiores, los familiares pueden solicitar un visado o una autorización para acompañar al estudiante.

Según el caso pueden incluirse:

  • cónyuge;
  • pareja registrada;
  • pareja estable acreditada;
  • hijos menores no casados;
  • determinados hijos mayores con necesidades específicas de apoyo;
  • la persona que preste apoyo cuando el estudiante lo necesite debido a una discapacidad o enfermedad.

Será necesario acreditar el vínculo familiar, los medios económicos, el seguro y los restantes requisitos.

La autorización de los familiares queda vinculada a la del estudiante y no les habilita para trabajar durante su vigencia.

Opciones después de finalizar los estudios

¿Qué puedo hacer cuando termine mi estancia por estudios en España?

Las posibilidades dependen del tipo de estudios cursados, la titulación obtenida y la situación personal del estudiante.

Según el caso puede estudiarse:

  • una modificación a residencia y trabajo;
  • una autorización para prácticas;
  • una autorización para búsqueda de empleo o desarrollo de un proyecto empresarial;
  • la continuación de otros estudios;
  • una nueva autorización o prórroga cuando resulte procedente.

No todas estas opciones están disponibles para cualquier programa formativo.

Por eso conviene estudiar la siguiente vía antes de que finalice la autorización actual, especialmente si el objetivo es permanecer y trabajar en España.

Requerimientos de Extranjería

¿Qué ocurre si Extranjería me solicita más documentación?

Un requerimiento significa que la Administración necesita completar, aclarar o corregir algún aspecto de la solicitud.

Puede estar relacionado con:

  • el centro o los estudios;
  • la matrícula;
  • los medios económicos;
  • el seguro;
  • los antecedentes;
  • documentos extranjeros;
  • traducciones o apostillas;
  • los plazos;
  • la situación legal del solicitante.

Es importante comprobar exactamente qué documento solicita Extranjería y contestar dentro del plazo concedido.

Aportar documentación diferente de la requerida o dejar transcurrir el plazo puede perjudicar el expediente.

Denegación de estancia por estudios

¿Qué puedo hacer si me deniegan la estancia por estudios o el visado?

Debe revisarse primero el motivo concreto de la denegación.

Entre los problemas que pueden afectar al expediente se encuentran un centro o programa no válido, documentación incompleta, insuficiencia de medios económicos, problemas con el seguro, presentación fuera de plazo o documentación extranjera incorrectamente legalizada o traducida.

Después de estudiar la resolución y los plazos puede valorarse si corresponde:

  • corregir el expediente;
  • presentar un recurso;
  • o estudiar otra vía de extranjería.

En Signum Asociados revisamos la resolución y la documentación presentada para determinar qué actuación resulta adecuada según el caso.

Testimonios de nuestros clientes en asuntos de extranjería

Estoy extremadamente contento por el excelente trabajo y el trato familiar que me han dado los abogados Signum son realmente un equipo muy profesional y en mi experiencia personal me tramitaron la residencia en tiempo record, los recomiendo mucho a cualquier persona que quiera gestionar un trámite a través de un abogado porque son de lo mejor.

Ernesto Falcón

Mi experiencia con el abogado Vicente Parra fue especial son muy profesionales y con los trámites de mi esposa fue todo favorable con su resolución aprobada muy resolutivo y todo muy rápido y el trato muy amable por parte de todo el equipo.

Damaso González

Los contacte para iniciar mi tramite de residencia y estoy más que agradecida por su profesionalidad, la paciencia de Vicente al revisar todos los documentos conmigo, su asesoramiento sobre el proceso más óptimo para encarar el trámite y la buena comunicación sobre el estado del procedimiento en todo momento. ¡Gracias por el buen trabajo!

Juliana Burne

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¿Dónde está nuestro despacho en Valencia?

Estamos ubicados en C/ de Pizarro, 1, puerta 25 (esquina C/ Colón) 46004, Valencia. Puede llegar en metro o autobús. Además, existen varios aparcamientos cercanos.

¿Necesita ayuda para tramitar su estancia por estudios?

Cada expediente depende del tipo de formación, el centro elegido, su situación migratoria y la documentación disponible.

Antes de pagar una matrícula o presentar la solicitud, podemos comprobar si la vía escogida cumple los requisitos y qué documentos deberá preparar.

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