¿Cómo funciona el convenio regulador en España?
El convenio regulador es el documento mediante el cual los cónyuges pueden acordar las medidas que regularán las consecuencias de una separación o divorcio de mutuo acuerdo. Dependiendo de las circunstancias, puede incluir cuestiones relacionadas con los hijos, la vivienda familiar, la pensión de alimentos, el régimen económico matrimonial, una posible pensión compensatoria y los animales de compañía.
No basta con redactar cualquier acuerdo privado. Para que las medidas produzcan los efectos correspondientes deben seguirse los trámites previstos legalmente y, según el caso, el convenio deberá ser aprobado judicialmente o formalizado ante el letrado de la Administración de Justicia o mediante escritura pública ante notario.
Antes de firmarlo conviene revisar cuidadosamente qué medidas se están aceptando y si pueden mantenerse a medio y largo plazo. Si necesita analizar el conjunto de las medidas familiares, puede consultar con nuestro abogado de familia en Valencia.
¿Qué es exactamente un convenio regulador?
El convenio regulador previsto en el Código Civil está vinculado principalmente a los procedimientos de separación y divorcio de mutuo acuerdo.
En él, los cónyuges determinan de común acuerdo las medidas que deberán regir después de la ruptura. Posteriormente, esas medidas deben seguir el cauce legal correspondiente para adquirir la eficacia prevista por la legislación.
Cuando una pareja no está casada pero tiene hijos comunes, también puede alcanzar acuerdos sobre custodia, alimentos, estancias u otras medidas paterno-filiales, pero no conviene presentar ambas situaciones como jurídicamente idénticas al convenio regulador matrimonial del artículo 90.
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¿Cuáles son las cláusulas del convenio regulador?
El contenido del convenio regulador depende de las circunstancias de cada familia. El artículo 90 del Código Civil establece las cuestiones que deben regularse cuando resulten aplicables al caso.
Entre las principales cláusulas pueden encontrarse:
Hijos: cuidado, ejercicio de la patria potestad y régimen de comunicación y estancia.
Relación con los abuelos: cuando resulte necesario establecerla.
Animales de compañía: destino, periodos de convivencia y distribución de las cargas asociadas a su cuidado.
Vivienda y ajuar familiar: determinación de quién utilizará el domicilio familiar.
Cargas del matrimonio y alimentos: contribución económica de cada parte y, cuando corresponda, mecanismos de actualización y garantías.
Régimen económico matrimonial: liquidación cuando proceda y exista acuerdo para realizarla.
Pensión compensatoria: cuando concurran las circunstancias que permitan establecerla.
No todos los convenios deben contener cada una de estas cláusulas. Su contenido dependerá de si existen hijos, vivienda, bienes comunes, obligaciones económicas u otras circunstancias que deban regularse.
Cuando existen hijos y debe establecerse su sostenimiento económico, puede ampliar información sobre la pensión de alimentos.
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¿Cómo se prepara y formaliza un convenio regulador?
El convenio debe identificar correctamente a las partes y recoger de manera clara las medidas acordadas. Más importante que seguir una plantilla rígida es que cada cláusula defina con precisión qué se acuerda, quién asume cada obligación, cómo debe cumplirse y qué ocurre en las situaciones previsibles.
Cuando el procedimiento es judicial, el convenio se presenta junto con la solicitud de separación o divorcio de mutuo acuerdo para su correspondiente aprobación.
Sin embargo, cuando concurren los requisitos legales, la separación o el divorcio de mutuo acuerdo también pueden formalizarse ante el letrado de la Administración de Justicia o mediante escritura pública ante notario. Por tanto, no es correcto afirmar que todo convenio deba presentarse necesariamente a un juez.
¿Cuándo debe aprobar el convenio un juez?
Cuando el convenio se presenta en un procedimiento judicial, el juez revisará los acuerdos alcanzados. El artículo 90 establece que serán aprobados salvo que resulten dañosos para los hijos o gravemente perjudiciales para uno de los cónyuges.
También pueden adoptarse medidas específicas cuando los acuerdos resulten gravemente perjudiciales para el bienestar de los animales de compañía.
Si el convenio no es aprobado, las partes deberán presentar una nueva propuesta respecto de las cuestiones afectadas.
¿Se puede firmar un convenio regulador ante notario?
Sí, pero únicamente cuando concurren los requisitos legales para tramitar la separación o el divorcio por esta vía.
El Código Civil permite determinados divorcios y separaciones de mutuo acuerdo mediante escritura pública ante notario. Los cónyuges deben intervenir personalmente y estar asistidos por abogado.
Esta vía no resulta aplicable cuando existen hijos menores no emancipados o determinados hijos mayores respecto de los cuales se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores. Además, determinados hijos mayores o emancipados que carezcan de ingresos propios y convivan en el domicilio familiar deben prestar consentimiento respecto de las medidas que les afecten.
¿Qué conviene revisar antes de firmar el convenio?
Antes de firmar conviene comprobar que las medidas no solo permiten cerrar el procedimiento, sino que pueden aplicarse realmente después.
Deben revisarse especialmente la organización respecto de los hijos, los periodos vacacionales, los gastos ordinarios y extraordinarios, el domicilio familiar, las obligaciones económicas, el patrimonio y cualquier otra circunstancia que pueda generar interpretaciones distintas en el futuro.
Si existen discrepancias importantes, cada parte puede necesitar asesoramiento jurídico independiente antes de aceptar determinadas cláusulas.
Un convenio demasiado genérico puede generar posteriormente conflictos sobre qué quiso decir cada cláusula o cómo debe cumplirse.
¿Está preparando un convenio antes de una separación o divorcio?
Antes de firmarlo conviene revisar qué medidas deben incluirse y si su redacción refleja correctamente lo acordado sobre hijos, vivienda y obligaciones económicas. Puede solicitar una valoración inicial del caso para revisar su situación.
¿Se puede modificar un convenio regulador después del divorcio?
Sí, pero las medidas vigentes no deben darse por modificadas simplemente porque las partes comiencen a actuar de otra manera.
El artículo 90.3 del Código Civil permite modificar las medidas cuando lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o un cambio en las circunstancias de los cónyuges. Cuando las medidas fueron establecidas judicialmente, la modificación puede solicitarse judicialmente o mediante un nuevo convenio que siga el procedimiento correspondiente.
El artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula además el procedimiento de modificación de las medidas definitivas.
Si ya existe una sentencia o un convenio aprobado y las circunstancias familiares han cambiado, puede consultar nuestro servicio de modificación de medidas en Valencia
¿Qué ocurre si no se cumple el convenio regulador?
Una vez aprobado judicialmente o formalizado mediante la vía legal correspondiente, las medidas acordadas pueden exigirse en los términos establecidos.
El propio artículo 90 indica que, desde la aprobación del convenio o el otorgamiento de la escritura pública, los acuerdos pueden hacerse efectivos por la vía de apremio.
Por ello, si una de las partes deja de cumplir cuestiones como pagos, entregas de los hijos u otras obligaciones establecidas, no debería entenderse que el convenio ha dejado de tener efecto. Dependiendo del incumplimiento, puede ser necesario solicitar su ejecución o estudiar si las circunstancias justifican una modificación.
Asesoramiento en convenios y medidas familiares
La preparación de un convenio regulador requiere coordinar las medidas familiares con sus consecuencias económicas y patrimoniales. En Signum contamos con un equipo de abogados dispuestos ayudarle en su caso.
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Última revisión jurídica29 de septiembre de 2026
Revisado porBegoña Rubio Ayala, abogada de familia, herencias y tráfico en Valencia
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