Aspectos legales del divorcio: separación de bienes en Valencia

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La separación de bienes es un régimen económico matrimonial en el que, como regla general, cada cónyuge conserva la titularidad, administración y disposición de los bienes que ya tenía y de los que adquiere posteriormente. Por eso, al producirse un divorcio no existe necesariamente una masa patrimonial común que deba repartirse por mitad.

Esto no significa que nunca haya cuestiones económicas que resolver. Puede haber una vivienda adquirida conjuntamente, cuentas compartidas, préstamos, gastos familiares pendientes o incluso una posible compensación por trabajo doméstico.

Antes de repartir o adjudicar bienes es importante comprobar cuál era realmente el régimen económico del matrimonio y a nombre de quién figura cada activo o deuda. Si está iniciando una ruptura, puede consultar con nuestro abogado de divorcio en Valencia

¿Qué significa estar casado en separación de bienes?

En este régimen, cada cónyuge conserva su propio patrimonio. El hecho de estar casado no convierte automáticamente en comunes los bienes adquiridos durante el matrimonio.

No obstante, ambos siguen obligados a contribuir a las cargas familiares. Además, determinados bienes pueden pertenecer conjuntamente a los dos cuando hayan sido adquiridos en copropiedad.

Si no puede acreditarse a cuál de los cónyuges pertenece un determinado bien o derecho, el artículo 1441 del Código Civil establece que corresponderá a ambos por mitad.

Cuando además existen hijos y deben regularse cuestiones económicas familiares, puede consultar nuestra información sobre pensión de alimentos

 

Separación de bienes y gananciales: ¿cuál es la diferencia?

En España conviene distinguir principalmente entre sociedad de gananciales y separación de bienes.

En la sociedad de gananciales existe una masa común formada por determinados bienes, derechos, ganancias y obligaciones generados durante la vigencia del régimen. Cuando el matrimonio se disuelve, la sociedad de gananciales también concluye y posteriormente debe procederse a su liquidación. El artículo 1392 del Código Civil establece que la sociedad de gananciales concluye de pleno derecho cuando se disuelve el matrimonio.

En separación de bienes, en cambio, cada cónyuge mantiene como regla general la titularidad de sus propios bienes. Por eso, el divorcio no obliga a realizar una liquidación de gananciales, aunque sí puede ser necesario resolver qué ocurre con los bienes que ambos hayan comprado conjuntamente.

Si necesita revisar conjuntamente las consecuencias económicas y familiares de la ruptura, puede consultar con nuestro abogado de familia en Valencia.

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Si necesita orientación jurídica o asesoramiento profesional, puede contactar con Signum Asociados y le ayudaremos a identificar la mejor vía para atender su caso con claridad, cercanía y rigor profesional.

¿Qué régimen económico se aplica actualmente en Valencia?

Esta cuestión debe analizarse con especial cuidado en la Comunidad Valenciana.

Con carácter general, cuando resulta aplicable el Derecho civil común y no existen capitulaciones matrimoniales válidas, el artículo 1316 del Código Civil establece como régimen supletorio la sociedad de gananciales.

Sin embargo, durante varios años estuvo vigente la Ley valenciana 10/2007, que establecía la separación de bienes como régimen supletorio. Esa ley fue declarada inconstitucional por la STC 82/2016, pero el Tribunal Constitucional estableció que la declaración no afectaría a las situaciones jurídicas ya consolidadas durante su vigencia.

Por eso, en determinados matrimonios celebrados en Valencia resulta especialmente importante revisar la fecha del matrimonio, la vecindad civil y la existencia de capitulaciones antes de afirmar cuál es el régimen económico aplicable.

¿Se puede pactar la separación de bienes antes o después del matrimonio?

Sí. Los cónyuges pueden establecer o modificar su régimen económico mediante capitulaciones matrimoniales.

El Código Civil permite otorgarlas tanto antes como después de celebrado el matrimonio y exige que consten en escritura pública. Mediante ellas puede pactarse, modificarse o sustituirse el régimen económico matrimonial.

Por tanto, un matrimonio que inicialmente estuviera sujeto a gananciales puede posteriormente pactar separación de bienes. El cambio de régimen, sin embargo, no perjudica los derechos ya adquiridos por terceros.

Si existen bienes relevantes, empresas, inmuebles o patrimonio previo al matrimonio, puede ser conveniente analizar estas cuestiones con un abogado matrimonialista en Valencia

¿Qué ocurre con los bienes en un divorcio con separación de bienes?

El primer paso es identificar qué pertenece a cada cónyuge y qué bienes son compartidos.

Los bienes que sean exclusivamente de uno de ellos continúan perteneciendo a su titular. Sin embargo, si ambos adquirieron conjuntamente una vivienda, un vehículo u otro bien, seguirá existiendo una situación de copropiedad aunque el matrimonio termine.

En estos casos puede acordarse que uno adquiera la parte del otro, vender el bien y repartir el resultado según las respectivas cuotas o estudiar otras fórmulas de adjudicación.

El Código Civil establece que ningún copropietario está obligado a permanecer indefinidamente en la comunidad y permite solicitar la división de la cosa común.

En el caso de la vivienda familiar hay que diferenciar además propiedad y derecho de uso. Que un inmueble pertenezca a uno o a ambos cónyuges no determina por sí solo quién podrá utilizarlo después de la ruptura. Puede consultar quién se queda con la vivienda familiar tras el divorcio.

¿Puede existir una compensación aunque haya separación de bienes?

Sí. Separación de bienes no significa necesariamente que, al terminar el matrimonio, nunca pueda existir ninguna reclamación económica entre los cónyuges.

El artículo 1438 del Código Civil establece que ambos deben contribuir a las cargas del matrimonio y reconoce que el trabajo para la casa se computa como contribución, pudiendo dar derecho a una compensación cuando se extingue el régimen de separación de bienes si concurren los requisitos correspondientes.

Esta compensación debe distinguirse de la pensión compensatoria derivada del desequilibrio económico producido por la separación o el divorcio. Son figuras diferentes y deben analizarse por separado.

¿Qué conviene revisar antes de repartir o adjudicar bienes?

Antes de firmar un acuerdo resulta aconsejable comprobar:

  • cuál era exactamente el régimen económico matrimonial;
  • las capitulaciones, si existen;
  • las escrituras y porcentajes de propiedad de los inmuebles;
  • la titularidad de cuentas, vehículos y otros activos;
  • préstamos e hipotecas pendientes;
  • aportaciones realizadas por cada cónyuge para adquirir bienes comunes;
  • posibles créditos o reintegros entre ambos;
  • y si puede existir alguna compensación económica derivada del régimen matrimonial.

No debería partirse automáticamente de que “todo corresponde al 50 %”. El resultado dependerá del régimen matrimonial, de la titularidad real de los bienes y de la documentación disponible.

¿Y si el matrimonio estaba en gananciales y no en separación de bienes?

En ese caso estamos ante un escenario diferente. El divorcio disuelve la sociedad de gananciales, pero posteriormente puede ser necesario realizar inventario, valorar activo y pasivo, calcular reintegros y dividir el remanente.

Si no existe acuerdo, la Ley de Enjuiciamiento Civil regula un procedimiento específico de liquidación del régimen económico matrimonial en sus artículos 806 y siguientes.

Si su situación corresponde realmente a una sociedad de gananciales, puede ampliar información en nuestra guía sobre cómo funciona la liquidación de gananciales en el divorcio

¿No tiene claro qué bienes pertenecen a cada cónyuge?
Antes de firmar una adjudicación o acuerdo patrimonial conviene revisar el régimen matrimonial, las escrituras, las deudas y la documentación disponible. Puede solicitar una valoración inicial del caso para estudiar su situación.

Asesoramiento en divorcio y patrimonio familiar

Antes de formalizar un acuerdo sobre vivienda, bienes o deudas conviene revisar conjuntamente el régimen económico matrimonial y las consecuencias del divorcio. Puede conocer al equipo de abogados en Valencia que trabaja las distintas áreas de Signum.

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