¿Qué hacer si no puedo pagar la pensión de alimentos por la disminución de mis ingresos?
Si sus ingresos han disminuido y tiene dificultades para seguir pagando la pensión de alimentos fijada en una sentencia o convenio aprobado judicialmente, no debería reducir la cantidad ni dejar de pagarla por decisión propia. Mientras la medida vigente no sea modificada, continúa siendo exigible en los términos establecidos.
Una pérdida de empleo, una reducción importante de salario o un cambio relevante en su capacidad económica pueden justificar que se estudie una modificación de la pensión, pero la reducción no es automática. Debe valorarse cómo ha cambiado su situación respecto del momento en que se fijó la medida y cuáles son actualmente las necesidades de los hijos.
A continuación explicamos qué puede hacer si ya no puede asumir la misma pensión de alimentos, qué documentación conviene reunir y cómo solicitar una modificación de las medidas. También puede consultar nuestro servicio sobre pensión de alimentos en Valencia si necesita conocer cómo se fija y revisa esta obligación.
¿Cuándo se puede solicitar una reducción de la pensión de alimentos?
La pensión de alimentos debe guardar proporción entre las necesidades de los hijos y los medios económicos de quien debe satisfacerla. El artículo 146 del Código Civil recoge este principio de proporcionalidad y el artículo 147 contempla que los alimentos puedan aumentar o reducirse cuando cambian las necesidades o la fortuna del obligado.
Cuando la pensión ya ha sido establecida en una sentencia o convenio aprobado, el artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite solicitar una modificación de las medidas definitivas cuando hayan variado sustancialmente las circunstancias que se tuvieron en cuenta al fijarlas.
Por eso, una disminución de ingresos puede justificar una revisión cuando es suficientemente relevante y puede acreditarse. El juzgado no tiene por qué valorar únicamente el salario actual también puede resultar relevante la situación económica global, el patrimonio disponible y las necesidades de los hijos. El Tribunal Supremo ha reiterado que la cuantía debe respetar el principio de proporcionalidad entre medios y necesidades.
¿Qué situaciones pueden justificar que se revise la pensión?
No toda reducción puntual de ingresos implica necesariamente que deba disminuirse la pensión. Debe compararse la situación actual con la que existía cuando se fijaron las medidas y analizar cómo afecta realmente el cambio a la capacidad de pago.
Entre las circunstancias que pueden resultar relevantes se encuentran:
- Pérdida del empleo o paso a una situación de desempleo
- Reducción importante y acreditada del salario o de los ingresos profesionales
- Cambios relevantes en la actividad de un trabajador autónomo
- Una incapacidad o circunstancia que afecte de forma significativa a la capacidad económica
- Variaciones importantes en las necesidades de los hijos;
- Cambios relevantes en la capacidad económica del otro progenitor.
El hecho de encontrarse en desempleo tampoco determina automáticamente la suspensión de la pensión. El Tribunal Supremo ha reservado la suspensión completa para situaciones excepcionales de verdadera carencia de recursos y aplica con carácter restrictivo esa posibilidad cuando existen hijos menores.
¿Cómo solicitar una reducción de la pensión de alimentos?
Revisar la sentencia o convenio vigente
Antes de solicitar una modificación conviene comprobar qué cantidad se fijó, qué circunstancias económicas se valoraron entonces y qué necesidades de los hijos se tuvieron en cuenta. Esa situación inicial servirá como referencia para acreditar qué ha cambiado posteriormente.
Cuando la pensión procede de una separación o divorcio y existen otras medidas familiares relacionadas, puede ser conveniente analizar conjuntamente la situación con un abogado de familia en Valencia.
Reunir documentación sobre la nueva situación económica
Debe reunirse documentación que permita acreditar el cambio producido. Dependiendo del caso pueden resultar relevantes nóminas anteriores y actuales, documentación relativa al desempleo, declaraciones fiscales, información sobre ingresos profesionales o empresariales y documentos relativos a las necesidades actuales de los hijos.
No diría que determinadas pruebas son siempre obligatorias porque dependerá del caso concreto.
Plantear la modificación de las medidas
Si existe acuerdo entre los progenitores, puede solicitarse conjuntamente la modificación para su correspondiente aprobación. Si no hay acuerdo, será necesario plantear el procedimiento de modificación y justificar por qué las circunstancias actuales difieren sustancialmente de las que existían cuando se fijó la pensión.
El artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil contempla tanto la petición contenciosa como la modificación solicitada de común acuerdo.
¿Puedo dejar de pagar o reducir la cantidad mientras se resuelve la modificación?
No debería reducir unilateralmente la cantidad fijada ni dejar de pagar la pensión simplemente porque sus ingresos hayan disminuido. La medida que ya existe continúa siendo exigible mientras no sea modificada por una nueva resolución o por un acuerdo aprobado en los términos correspondientes.
Si existe una dificultad económica grave, conviene actuar cuanto antes y plantear formalmente la modificación en lugar de acumular impagos. La Ley de Enjuiciamiento Civil prevé mecanismos de ejecución frente al incumplimiento de las obligaciones económicas establecidas en medidas familiares.
Si la pensión forma parte de las medidas establecidas tras un matrimonio, también puede consultar nuestro servicio de abogado de divorcio en Valencia para analizar conjuntamente las medidas que afectan a hijos y obligaciones económicas.
¿Desde cuándo se aplica una reducción de la pensión de alimentos?
Cuando estamos ante una modificación posterior de una pensión que ya estaba fijada, la doctrina reiterada del Tribunal Supremo establece que la nueva cuantía produce efectos desde la resolución que acuerda la modificación, no desde la fecha en que se presentó la demanda.
Esto se diferencia de los casos en los que los alimentos se establecen por primera vez, supuesto en el que existen reglas distintas sobre su devengo. El Tribunal Supremo volvió a sistematizar esta doctrina en su Sentencia 1713/2024, de 19 de diciembre.
¿Sus ingresos han disminuido y la pensión ya no se ajusta a su situación actual?
Antes de dejar de pagar o reducir unilateralmente la cantidad, conviene revisar la sentencia, la evolución de sus ingresos y las necesidades actuales de los hijos. Puede solicitar una valoración inicial del caso para analizar si existen circunstancias suficientes para plantear una modificación.
Una disminución importante de ingresos puede justificar que se estudie la revisión de la pensión, pero cada caso debe analizarse teniendo en cuenta la capacidad económica de ambos progenitores y las necesidades de los hijos.
Antes de presentar la solicitud conviene reunir la documentación que acredite el cambio y revisar las medidas actualmente vigentes. El área de Derecho de Familia de Signum trabaja específicamente asuntos de modificación de medidas, pensión de alimentos e incumplimientos de pago, si desea puede conocer un poco más sobre nuestro equipo de abogados en Valencia .
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