Gestoría para Agencias de Viajes

Abogados para empresas de seguridad privada en Valencia

«Asesoramos en la autorización y puesta en marcha de empresas de seguridad»

«Atendemos inspecciones, requerimientos y expedientes sancionadores»

«Revisamos contratos, relaciones laborales y cumplimiento normativo»

Asesoría legal en seguridad privada para empresas

Las empresas de seguridad privada desarrollan una actividad especialmente regulada. Donde una incidencia relacionada con la autorización, la documentación de una delegación, la contratación del personal o la prestación de un servicio puede provocar requerimientos, inspecciones y sanciones administrativas.

Estas empresas además de cumplir con la Ley de Seguridad Privada, deben coordinar todas sus áreas administrativas y gestiones mercantiles, laborales y protección de datos sensibles derivados de los servicios prestados.

En Signum Asociados  brindamos asesoría legal para empresas de seguridad privada en Valencia. Analizamos el funcionamiento de la empresa, las actividades para las que está autorizada y el problema concreto que necesita resolver antes de plantear las actuaciones jurídicas correspondientes.

Nuestro asesoramiento se dirige a empresas de vigilancia, instalación y mantenimiento de sistemas, centrales receptoras de alarmas, servicios de escoltas, despachos de detectives y otras entidades vinculadas al sector que necesiten revisar su situación jurídica o responder ante la Administración.

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Área de seguridad privada dirigida por Manuel Jordán

Manuel Jordán es licenciado en Derecho con más de 25 años de experiencia vinculados a la seguridad privada y gestión de equipos. Dirige en Signum Abogados el área laboral y la gestión de empresas de seguridad.

Su trayectoria le permite conocer la parte práctica y administrativa de las empresas de seguridad, la organización de sus servicios, la gestión de plantillas y las responsabilidades que asumen sus directores.

En su análisis Manuel inspecciona todo lo relacionado con autorizaciones, contratación, relaciones laborales y cumplimiento normativo. Brindando así una asesoría completa que permite el correcto funcionamiento de las empresas de seguridad privada.

¿Cómo podemos ayudar a empresas de seguridad privada?

Gestionamos la autorización y puesta en marcha de la empresa

Tramitamos delegaciones y modificaciones registrales

Redactamos y revisamos contratos de servicios de seguridad

Auditamos el cumplimiento legal de las operaciones

Atendemos inspecciones y requerimientos administrativos

Defendemos a la empresa en expedientes sancionadores

Asesoramos en conflictos laborales y gestión de plantillas

Revisamos videovigilancia, protección de datos y responsabilidad civil

Un incumplimiento puede afectar a la continuidad de la actividad

Las empresas de seguridad privada son sometidas constantemente al control de las autoridades competentes para verificar su funcionamiento.

Por eso, cuando hay falta de autorizaciones, cuando se realizan servicios no autorizados, hay problemas laborales con los empleados o incumplimiento de determinadas medidas de seguridad, pueden existir consecuencias legales importantes.

También pueden surgir problemas por contratos mal definidos, documentación incompleta, incidentes durante la prestación de un servicio o decisiones administrativas que no se hayan gestionado correctamente.

Actuar desde el primer requerimiento permite revisar la documentación, conocer el alcance del problema y preparar una respuesta jurídicamente fundamentada.

Preguntas frecuentes sobre la asesoría de seguridad privada

¿Qué incluye la asesoría legal para una empresa de seguridad privada?

En nuestro despacho podemos brindar asesoría para:

  • Revisión de autorizaciones, declaraciones responsables, delegaciones.
  • Redacción y revisión de contratos laborales y de servicios.
  • Cumplimiento normativo.
  • Asesoría para procedimientos internos, relaciones laborales, inspecciones.
  • Expedientes sancionadores.
  • Asesoría laboral, fiscal y mercantil.
  • Defensa en procesos jurídicos.

También podemos intervenir cuando la empresa necesita revisar una responsabilidad derivada de la prestación de sus servicios o adoptar medidas para prevenir nuevos conflictos.

¿Qué normativa regula las empresas de seguridad privada?

Principalmente se utiliza la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada. También continúa aplicándose la normativa reglamentaria que resulte compatible con esta ley, además de las órdenes ministeriales y demás disposiciones correspondientes a cada actividad.

Dependiendo del asunto, también pueden ser relevantes la normativa laboral, mercantil, administrativa, de protección de datos y de prevención de riesgos laborales.

¿Qué se necesita para crear una empresa de seguridad privada?

Los documentos requeridos dependerán de las actividades que se quiere realizar en la empresa. Por eso, es conveniente definir los servicios que desea prestar, así como la estructura de la sociedad, la responsabilidad de cada participante, los medios disponibles y el territorio de actuación.

Por ejemplo, algunas actividades pueden requerir autorización administrativa, mientras que en otras se puede requerir una declaración de responsabilidades.

En nuestro despacho podemos revisar su proyecto y orientarle sobre el procedimiento correspondiente y preparar la documentación necesaria.

¿Qué puede revisar una inspección de seguridad privada?

La inspección puede comprobar, entre otros aspectos:

  • Autorizaciones de la empresa para ejercer actividades.
  • Actividades desarrolladas.
  • Habilitación del personal, contratos firmados, medios empleados.
  • Medidas de seguridad.
  • Comunicaciones obligatorias.

También puede solicitar documentación relacionada con las sedes, delegaciones, servicios prestados y cumplimiento de las condiciones impuestas por la normativa.

¿Cómo debe actuar la empresa ante un requerimiento o sanción de seguridad privada?

Inicialmente se debe identificar la autoridad que emite el requerimiento, la documentación solicitada y el plazo disponible para contestar. Después deben revisarse los hechos y comprobar que la información aportada sea coherente con las autorizaciones y registros de la empresa.

Una respuesta precipitada o incompleta puede complicar el procedimiento. Por eso conviene realizar una revisión jurídica antes de presentar alegaciones o entregar documentación relevante.

En caso de sanciones, la empresa puede presentar recursos administrativos o judiciales según corresponda con la sanción. Para esto, también es recomendable analizar la infracción, los hechos atribuidos, las pruebas disponibles, la responsabilidad de la empresa o de sus representantes y la proporcionalidad de la sanción antes de definir la estrategia.

¿Qué debe contener un contrato de servicios de seguridad privada?

En estos contratos debe quedar especificado:

  • Partes que celebran el contrato.
  • Servicios contratados.
  • Lugar de prestación.
  • Horarios.
  • Medios personales y materiales.
  • Duración.
  • Precio de los servicios
  • Responsabilidades asumidas.

También deben revisarse las obligaciones de colaboración, confidencialidad, protección de datos de los implicados, gestión de incidencias, subcontratación y terminación del servicio. Así como medidas de protección por incumplimientos de contrato. El contenido debe adaptarse a la actividad autorizada y al servicio que realmente se vaya a prestar.

¿Cómo se gestionan los conflictos laborales en empresas de seguridad?

Todo proceso de recursos humanos en las empresas de seguridad debe estar regulado por la normativa laboral y el convenio colectivo aplicable y con las particularidades de cada servicio.

Manuel Jordán puede intervenir en cuestiones relacionadas con contratación, jornadas, cuadrantes, modificaciones de condiciones, sanciones disciplinarias, despidos, subrogaciones y conflictos entre la empresa y sus trabajadores.

¿Qué obligaciones existen en materia de videovigilancia y protección de datos?

Los sistemas de videovigilancia implican imágenes y datos personales sensibles. En estos casos, las empresas deben manejar políticas para la legitimación del tratamiento, la información facilitada a los afectados, el acceso a las imágenes, los periodos de conservación y las medidas de seguridad.

Todo con el fin de evitar cualquier filtración o daño a la intimidad del cliente.

De igual forma, se debe diferenciar entre quién es el responsable del tratamiento y las empresas que acceden a los datos por cuenta del cliente.

Cuando es necesario, en nuestro despacho coordinamos el asunto con el área de protección de datos.

¿Puede responder la empresa por una negligencia en un servicio de seguridad?

La responsabilidad depende del contrato, las obligaciones asumidas, las instrucciones recibidas, la actuación del personal y la relación entre el supuesto incumplimiento y el daño producido.

Ante una reclamación analizamos los informes del servicio, las comunicaciones, los protocolos aplicados, las grabaciones disponibles y la cobertura del seguro de responsabilidad civil.

¿Puede Signum ofrecer asesoramiento jurídico continuado?

Sí. En Signum Asociados brindamos asesoría periódica a empresas para gestionar sus contratos, área laboral y fiscal, comunicaciones administrativas y documentación.

No solo nos enfocamos en crear su empresa, sino en brindar apoyo en las áreas más importantes para que su negocio funcione de acuerdo a las leyes establecidas, según el tamaño de la empresa, sus actividades, el número de trabajadores y los medios disponibles.

Testimonios sobre nuestra asesoría en Valencia

“Totalmente recomendable. Me he encontrado bien con el abogado Manuel Jordán. Profesional y cercano. Siempre ha respondido con amabilidad a todas mis preguntas y al final me ha ido mejor de lo que esperaba.”

Beatrice Soardi

“Manuel ha llevado varios asuntos legales y estoy encantado con ellos. Recomendables al 100 %.”

Gonzalo

“El trato de Manuel Jordán ha sido inigualable. Desde el principio me ha aconsejado con mi caso hasta llegar a un acuerdo con la parte contraria. Recomiendo totalmente al bufete.”

M. Luisa L.

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¿Dónde está nuestro despacho en Valencia?

Estamos ubicados en C/ de Pizarro, 1, puerta 25 (esquina C/ Colón) 46004, Valencia. Puede acceder desde el metro o autobús. Además zonas de parkings cercanas.

¿Necesita asesoramiento para su empresa de seguridad privada?

Cuéntenos qué actividad desarrolla su empresa y qué problema necesita resolver. Revisaremos la documentación, las autorizaciones existentes y el estado del procedimiento para indicarle las posibles actuaciones.

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